lunes, 28 de octubre de 2013

Requisitos para tus tramites de licencias de demolición, construcción, remodelación

EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL

¿En qué consiste?


Número oficial.- Las Delegaciones del Distrito Federal señalarán, previa solicitud del propietario o poseedor, un sólo número oficial para cada predio que tenga frente a la vía pública.

Alineamiento oficial.- Es la traza sobre el terreno que limita el predio respectivo con la vía pública en uso o con la futura vía pública, indicando restricciones o afectaciones de carácter urbano que señale la Ley de Desarrollo Urbano y su Reglamento.


¿A quién está dirigido?

Propietarios o poseedores

¿Dónde se realiza?

Ventanilla Única Delegacional. Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas

¿Cuáles son los Requisitos?

1. Formato AU-10 debidamente requisitado (original y copia con firmas autógrafas)
Original y copia de:
2. Identificación oficial vigente,
3. Documento con el que se acredite la personalidad, en los casos de Representante Legal,
4. Documento con el que acredite la propiedad o la posesión del predio

¿Cuál es el Formato requerido?


¿Cuál es el Tiempo de realización?

5 días hábiles

¿Cuál es el Costo

Establecido en los artículos 233 y 234 Código Fiscal del Distrito Federal:
ARTÍCULO 233.- Por los servicios de alineamiento de inmuebles sobre la vía pública, se pagará el derecho de alineamiento de inmuebles conforme a una cuota de $34.50 por cada metro de frente del inmueble.

ARTÍCULO 234.- Por los servicios de señalamiento de número oficial de inmuebles se pagará el derecho por número oficial conforme a una cuota de $224.50. No se pagará este derecho cuando las autoridades competentes del Distrito Federal, ordenen el cambio de número.

¿Cuál es el Resultado?

Constancia

¿Dónde se Reportan quejas o sugerencias?

HONESTEL 55 33 55 33

¿Cuál es el Fundamento Jurídico?

- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, artículos 7, fracciones I, VI, VII, XV, XXXIV, 8, fracción III, 52, 55, 56 y 87, fracción I
- Código Fiscal del Distrito Federal, artículos 233 y 234
- Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, artículos, 8, 22, 24, 25, 31
- Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, artículos 42 y 43

¿Cuál es el Procedimiento?

1.- Se recibe del usuario el formato y revisa que este llenado correctamente y que la documentación anexa esta completa y se entrega al solicitante un acuse de recibo en el que se indica la fecha de respuesta.
2.- Si el área operativa  en su revisión, determina que el expediente no cumple, podrá requerir al solicitante documentación adicional, dándole cinco días para entregarla, si en este lapso el usuario no acude, la solicitud se dará por no presentada.
3.- El área operativa, procederá al análisis de la solicitud y sus anexos y de estimar procedente expedirá la Constancia solicitada.
4.- El usuario se presenta en la fecha señalada a conocer el resultado de su solicitud.

Observaciones

La constancia de alineamiento y/o número oficial no prejuzga sobre derechos de propiedad y se expide sobre datos y declaraciones proporcionados bajo protesta de decir verdad por el interesado y bajo su responsabilidad.

¿Cuál es la vigencia?

2 años
http://www.tramitesyservicios.df.gob.mx/wb/TyS/expedicion_de_constancia_de_alineamiento_y_numero_

sábado, 15 de enero de 2011